Conocidos como CAL, son Cursos de Actualización Lingüística que atienden a las necesidades formativas en lenguas extranjeras del profesorado andaluz, en especial del colectivo que presta servicio en los centros bilingües e imparte su materia en lengua extranjera.
Los Cursos de CAL se enmarcan dentro del Plan de Fomento del Plurilingüismo aprobado en 2005 por la Junta de Andalucía. Se dirigen a todo el profesorado que presta sus servicios en centros públicos de la Junta de Andalucía y en especial al profesorado de los Centros Bilingües, tanto de lenguas extranjeras como de otras áreas curriculares.
El profesorado implicado puede continuar su formación lingüística hasta obtener el nivel B2 (avanzado). O sea, que puedes empezar CAL en primero de la Escuela de Idiomas, obtener el B1 (intermedio) en el tercer curso de CAL de la EOI, y continuar en cuarto y quinto curso de CAL en la EOI para obtener el titulo que te elevará a la cima: B2.
Los EXÁMENES de CAL para la obtención del titulo se llaman PRUEBAS UNIFICADAS DE CERTIFICACIÓN, tienen fecha y horario único e inamovible para todas las Escuelas Oficiales de Idiomas de Andalucía. Las pruebas no son elaboradas por las EOI.
☼ Haz click en la siguiente tabla para iniciar la descarga de exámenes de las Pruebas de Certificación ☺
☼ Equivalencias entre los certificados o títulos oficiales de las Escuelas Oficiales de Idiomas y los de otras instituciones internacionales según el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.
→ Descarga la TABLA de EQUIVALENCIAS, y comprueba tus títulos de inglés, francés, alemán e italiano ☺
La duda más común es la convalidación con Cambridge:
CAMBRIDGE
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ESCUELA DE IDIOMAS
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PET
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B1
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FCE
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B2
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CAE
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C1
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Después de toda esta información, si estás interesad@ en ser alumn@ de CAL, debes saber que las plazas están muy demandadas, por lo que conviene saber cuáles son los criterios de admisión:
- Profesorado de centros docentes públicos autorizados como centros bilingües y que esté impartiendo enseñanza bilingüe de área no lingüística. (Cumplimentar Anexo V).
- Profesorado de centros docentes públicos autorizados como centros bilingües y que se comprometa a impartir enseñanza bilingüe en su área no lingüística.(Cumplimentar Anexo VI).
- Profesorado de los cuerpos docentes públicos o concertados. (Aportar certificado del centro donde preste servicio).
“Man is the enemy of all he ignores: teach a language and you will prevent a war. Spread a culture and you will bring peoples together”